ARFA VI REGIÓN INFORMA CON RELACIÓN A PROTOCOLOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

 

24/03/2016

 

 

 

PRINCIPIO:

La  existencia  de  normas  es necesaria  dentro  de  cualquier  comunidad  u  organización, cualquiera sea su origen o destino, y el hecho de que aln socio jurídico y/o natural  no la observe puede significar que legítimamente se le aplique una sanción.

 

PROTOCOLO PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS

ARFA VI REGION, resuelve los conflictos que como consecuencia de su gestión deportiva-administrativa eventualmente pudiesen presentarse.

Las resoluciones de esta corporación son la sumatoria de la información oficial que por medios escritos se recoja, así también de las posibles y necesarias investigaciones.

Las sanciones –previamente acordadas y conocidas- se aplican en función de las faltas cometidas, teniendo presente atenuantes y/o agravantes.

Cuando el Directorio Regional dicta resolución de las cual el o los afectados han tomado conocimiento oficial; inmediatamente este Directorio pierde competencia sobre lo anterior, es decir, no tiene facultades para anular o modificar una resolución disciplinaria.

De acuerdo a la normativa legal vigente, el afectado puede impugnar la sentencia haciendo uso del recurso de apelación, dirigida al ente superior a la instancia que sancionó; en este caso al Directorio Nacional.

En consecuencia todos los argumentos que se puedan constituir en pruebas para anular o modificar la sanción, deben ser presentados mediante la apelación al organismo pertinente.

CAUSAL DE ELIMINACION A:  

Es importante recordar también que cuando se provoque la suspensión de un encuentro, denunciada por el juez del partido; el ente organizador está facultado para aplicar la medida de eliminación de la competencia a quien

CAUSAL DE ELIMINACION B:

Cuando se provoquen hechos de violencia que causaren alarma publica*, el ente rector está facultado para aplicar la medida de eliminación de la competencia al infractor (persona jurídica)

ALARMA PUBLICA: Cuando los hechos de violencia ocurran como consecuencia de un partido, intervenga Carabineros de hecho, o tome conocimiento de una denuncia, y/o cuando existan detenidos y/o heridos con constatación de lesiones en un centro asistencial.