NOTA ACLARATORIA CON RELACION A DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS El Arbitro de un partido NO TIENE FACULTADES para dar por finalizado un encuentro antes de cumplido el tiempo reglamentario; tiene dos opciones interrumpirlo, lo que significa poder reiniciarlo dentro de los minutos siguientes. La segunda opción es SUSPENDERLO, lo que significa lo siguiente: A) Jugar el tiempo que faltare en una próxima fecha. B) Jugar el partido totalmente si lo acuerdan los rivales C) Darlo por terminado si las circunstancias lo amerita. Una de estas tres alternativas las adoptará el ente organizador teniendo como antecedente los informes oficiales, (Árbitro y Turno); eventualmente, si previamente fue designado un veedor se podrá considerar también su informe. Los fundamentos para adoptar una de las tres opciones están claramente definidos en el Reglamento General y en la Ley de Especialidad (BASES DEL TORNEO). En consecuencia toda resolución es conforme a derecho, lo que afortunadamente no permite las interpretaciones ni los criterios. |