EL DERECHO COMO SUSTENTO DE TODA ACTIVIDAD Definición de derecho: “Un sistema u orden normativo institucional que regula las conductas externas de las personas, regula la convivencia social y permite resolver los conflictos “ “Toda persona que cometa una falta es susceptible de ser sancionada, con una pena previamente conocida y acordada antes de cometer la falta” Toda actividad relacionada con el fútbol amateur oficial, está previamente regulada por distintas normas que cautelan los deberes y derechos de quienes forman parte de la actividad. En lo particular el Torneo Regional de Clubes 2023, actualmente en desarrollo tiene una serie de reglamentos y bases específicas que cumplen la función de regular las conductas de los cultores de la actividad señalada. Cuando alguien no cumple la norma es susceptible de ser sancionado, sancionado conforme a derecho, no en forma arbitraria ni emocional. En lo puntual es necesario precisar lo siguiente: Cuando el árbitro suspende un partido puede hacerlo por una de las tres causales 1) FUERZA MAYOR: que está relacionada con la no intervención del ser humano, como desastres naturales o factores climáticos que impidan el desarrollo normal del juego. 2) POR IMPREVISTOS: Accidentes en el estadio o en sus inmediaciones anexas, que aconsejen no continuar con el juego, (corte de la energía eléctrica, si se está jugando de noche). 3) POR FACTORES HUMANOS: Cuando hay directa intervención de público y/o jugador o jugadores, que no permitan continuar con el partido, estas causales y sus penas, están claramente definidas en los reglamentos. Muy importante: el árbitro del encuentro al suspender un partido deberá informar por escrito al ente organizador, detallando ampliamente las razones de la suspensión. Si la suspensión es consecuencia de la causa 1 o 2; el ente organizador determinará de común acuerdo con los equipos, la reanudación parcial o total del partido. (día, hora, lugar) Si la suspensión es producto de la acción humana –que no le den garantías- jugador (es) y/o público, la normativa –conocida o debiendo ser conocida- por todos quienes forman parte de la actividad establecen: a) Dar por terminado el partido declarando perdedor al infractor, sean jugadores, técnicos y/o público; cualquiera sea el resultado al momento de la suspensión. b) Dar por terminado el partido declarando perdedor a ambos equipos. Las decisiones anteriores están basadas en las normativas ya conocidas y se fundan en los informes oficiales y las disposiciones reglamentarias. *al fallar o aplicar una sanción, se debe indicar que norma y articulo ha sido vulnerada. Eso es el derecho. |