PROGRAMACIÓN PARTIDOS DE REVANCHA CUARTA FASE 31 TORNEO REGIONAL DE CLUBES Y RESOLUCIÓN ARFA VI REGIÓN PARTIDO UNIÓN SANTA AMELIA-PANIAHUE. (Foto OHIGGINS DE PUREN)

 

18/04/2015

 

 

31 TORNEO REGIONAL DE CLUBES 2015

PROGRAMACION PARTIDO DE REVANCHA

 

TODOS LOS PARTIDOS SE JUEGAN EL DOMINGO 19 DE ABRIL A LAS 17.00 HORAS.

 

RECINTO DEPORTIVO

LOCAL

VISITA

MJUNICIPAL PALMILLA

JUVENIL PALMILLA

SAN AGUSTIN CHEPICA

COVIIGRA GRANEROS

JUVENTUD COLO-COLO

FLECHA SAN JORGE PEUMO

MUNICIPAL PEUMO

UNION VETERANA

UNION CAYLLOMA QUINTA

LO MIRANDA

GONZALO VIAL DOÑIHUE

ANTARTIDA DE NANCAGUA

 

RESOLUCION ARFA VI REGION RECLAMO PANIAHUE CONTRA UNION SANTA AMELIA

Con fecha 13 de abril pasado a las 11.29 horas, se recibió correo electrónico de la Asociación de Fútbol de Santa Cruz que en lo fundamental señala lo siguiente:

 

1)      Que en el partido jugado el día domingo 12 de abril pasado, por el 31 Torneo Regional de Clubes 2015, entre el local Unión Santa Amelia y la visita Paniahue de Santa Cruz, ocurrió la siguiente situación anormal.

 

2)      Como Jefe de Delegación del Club Deportivo Unión Santa Amelia, firma el Señor: ALICIO ACEITUNO ACEVEDO C/I N° 7.123.736-2, quien contraviene las disposiciones reglamentarias específicas,   al no tener registro en la Federación de Fútbol de Chile.

 

3)      Que ante tal situación el Club reclamante solicita la pérdida de puntos y la eliminación del Club Infractor.

 

4)      Que visto los antecedentes pertinentes el citado Señor Aceituno Don Alicio, NO REGISTRA inscripción en el sistema computacional.

 

5)      En consecuencia este Directorio Regional, reunido con fecha 14 de abril del año en curso, resuelve:

 

6)      Acoger la impugnación otorgando los puntos en disputa del partido en cuestión, al Club Deportivo Paniahue por el marcador de uno por cero (1X0), de acuerdo a lo establecido en el Reglamento ANFA, articulo N° 239.

 

7)      La resolución anterior se funda en los artículos, N° 18, N° 19 y N° 55 causal 09,  de las normas que regulan el citado campeonato.

 

8)      Se rechaza la solicitud de eliminación por no estar contemplada en la misma norma que se invoca en el numeral anterior, estas explicitan claramente cuáles son las causales de eliminación, en el artículo N° 46 título III              en sus literales d, e y g.

 

9)      Cuando se hace referencia a faltas específicas  que producen la medida de eliminación son aquellas que están claramente explicitadas en los literales d y e del referido artículo.

 

10)   Por lo tanto la falta administrativa cometida por el Club Unión Santa Amelia, NO amerita eliminación del torneo.

 

11)   Finalmente y de acuerdo a lo anterior DEBERA jugarse un partido definitorio en una fecha a convenir y en un recinto deportivo neutral, las que serán comunicadas con la antelación oportuna a las partes interesadas.

 

12)   Los jugadores expulsados y/o informados en el partido dejado sin efecto, NO quedan exentos de sanciones.

 

                                                                         

DIRECTORIO REGIONAL

14.04.15